Buscar

Prevención de Riesgos Laborales: Radiografía del Sector Transporte de Mercancías

Llevamos casi 20 años de aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y seguimos teniendo las mismas dificultades iniciales para aplicarla en su sentido más estricto. 
Tras 8-10 años de un control, por parte de la Inspección de Trabajo, más continuo y severo sobre las empresas de transporte de mercancías por carretera, continuamos encontrando algunas dificultades para hacer que las empresas cumplan con las exigencias de los artículos 18 y 19 sobre Información y Formación a los trabajadores, así como el artículo 24 sobre Vigilancia de la salud. 

El sector del transporte internacional, como muchos otros sectores, se ha ido concienciando en materia de prevención de riesgos laborales a “golpe de sanción”. Si bien, las exigencias en cuanto a la información de los trabajadores en materia preventiva son relativamente fáciles de cumplir en el momento de su contratación, ya que el servicio de prevención ajeno le proporciona toda la documentación escrita necesaria. Sin embargo, en cuanto a la Formación, este sector empresarial no puede regirse por un calendario establecido de sesiones formativas programadas. Es harto complicado prever que un conductor se encuentre en España en un día y hora concretos. Y si así sucediera, tendría que sacrificar parte de su descanso semanal para asistir a la sesión formativa. Lo mismo ocurre con la planificación a medio plazo para realizar el reconocimiento médico.

Por ello, desde los servicios de prevención se ha venido ofreciendo a estas empresas la posibilidad de solicitar tanto formación como reconocimiento médico con escasa antelación, a menudo, inferior a 24 horas. Con el fin de garantizar que el trabajador recién contratado inicie su relación laboral con la empresa y realice su primera ruta internacional cumpliendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

No obstante, y aún con estas facilidades, continuamos encontrando conductores en ruta internacional sin haberse sometido a reconocimiento médico, con éste caducado o sin formación en materia preventiva. Bien por “dejadez” del empresario (pese a las facilidades ofrecidas por el SPA) o por imposibilidad material, al ser contratado  el trabajador por la tarde o en sábado.

Aun así, hemos logrado concienciar a las empresas – con el apoyo de la Inspección de Trabajo y el enorme esfuerzo de los servicios de prevención y sus técnicos – y el grado de cumplimiento en cuanto a las materias comentadas es bastante alto.  

Blanca García de Luna
Técnico Superior  en Prevención de Riesgos Laborales
Grupo Preving Huércal Overa (Almería)

0 comentarios:

Publicar un comentario

 
Prevención al día Copyright © 2011 | Tema diseñado por: compartidisimo ↑Top